Tribunal absuelve a Niño de Rivera, Aristegui y CNN en demanda de daño moral de Rocha: Abogado

Tribunal absuelve a Niño de Rivera, Aristegui y CNN en demanda de daño moral de Rocha: Abogado

Resumen Breve

El video trata sobre la resolución favorable de un litigio que involucró a Carmen Aristegui, CNN y Sofía Niño de Rivera, tras una demanda por daño moral presentada por el periodista Ricardo Rocha (QEPD). La demanda surgió a raíz de una entrevista en CNN donde Sofía Niño de Rivera compartió su experiencia incómoda con Rocha. Tras años de proceso legal, un tribunal colegiado concedió un amparo por unanimidad, absolviendo a los demandados. Este caso sienta un precedente importante para la libertad de expresión y el ejercicio periodístico.

  • El caso se originó por una entrevista en CNN donde Sofía Niño de Rivera expresó incomodidad hacia Ricardo Rocha.
  • Ricardo Rocha demandó por daño moral, alegando haber sido llamado acosador sexual, lo cual no fue textual.
  • Un tribunal colegiado otorgó un amparo, protegiendo la libertad de expresión y el reportaje neutral.

Contexto del Caso y el Movimiento #MeToo

Carmen Aristegui introduce el tema central del video: un litigio de varios años relacionado con una serie de entrevistas presentadas en CNN en febrero de 2018, en el contexto del movimiento #MeToo. Estas entrevistas, realizadas a mujeres que denunciaron acoso y abuso sexual, generaron diversas reacciones. Una de ellas, la entrevista a Sofía Niño de Rivera, provocó una demanda por parte del periodista Ricardo Rocha, quien se sintió aludido por los comentarios de Sofía sobre su comportamiento. Aristegui destaca la importancia de la resolución del caso, que finalmente absolvió a Sofía Niño de Rivera, CNN y a ella misma, estableciendo un precedente crucial para la libertad de expresión.

Detalles de la Demanda de Ricardo Rocha

Francisco de la Torre, abogado del despacho Quijano Cortina y de la Torre, explica que la demanda por daño moral fue presentada por Ricardo Rocha en 2019, un año después de la entrevista de Sofía Niño de Rivera. Rocha argumentó que Sofía lo había llamado "acosador sexual", lo cual no era una cita textual de la entrevista. Las instancias judiciales iniciales fallaron a favor de Rocha, argumentando que Sofía había mentido y que CNN y Aristegui debieron haber verificado la veracidad de sus declaraciones antes de publicarlas. Esta decisión implicaba una carga de verificación sin precedentes para los periodistas, amenazando la libertad de expresión.

Implicaciones del Fallo Inicial y la Apelación

De la Torre explica que el fallo inicial obligaba a los demandados a verificar la veracidad de las opiniones y sentimientos expresados por un entrevistado, lo cual es un atentado contra la labor periodística. Esto podría llevar a la censura previa, donde los periodistas tendrían que seleccionar qué contenidos publicar basándose en su propia evaluación de la veracidad de los mismos. Ante esta situación, los demandados recurrieron al amparo. Ricardo Rocha también presentó un amparo buscando una mayor compensación, a pesar de haber ganado en las instancias anteriores. Tras el fallecimiento de Rocha, sus herederos decidieron continuar con el proceso legal.

Resolución del Tribunal Colegiado y sus Argumentos

El Tribunal Colegiado resolvió a favor de los demandados. La magistrada Mariana Gutiérrez argumentó que Sofía Niño de Rivera tenía derecho a expresar sus sentimientos y que el video de la entrevista de 2014 mostraba comportamientos que podían interpretarse como acoso. Otro magistrado, Francisco Javier Sandoval López, propuso una solución basada en el "sistema de protección dual", que establece que las figuras públicas deben tener mayor tolerancia a las críticas y que, para demostrar daño moral, se debe probar "malicia efectiva", es decir, la intención de dañar. Sandoval argumentó que el tribunal no debía juzgar los sentimientos de Sofía y que no existió malicia efectiva. Además, se aplicó la figura del "reportaje neutral", que protege a los periodistas que simplemente informan sobre las declaraciones de otros, sin hacerlas suyas ni sugerir que sean falsas o verdaderas.

Importancia del Precedente y Reflexiones Finales

Aristegui subraya que la decisión editorial siempre fue dar voz a las mujeres y buscar a las personas aludidas para ofrecer su perspectiva. De la Torre destaca que se le dio a Ricardo Rocha la oportunidad de responder a las acusaciones y que su réplica fue incluida en el programa. La resolución del tribunal colegiado evita un precedente peligroso que habría afectado la libertad de expresión y el trabajo de los periodistas. Aristegui concluye que este caso refuerza el valor del reportaje neutral y el derecho de las personas a expresar sus sentimientos. De la Torre advierte que aún existe la posibilidad de un recurso de revisión ante la Suprema Corte, pero confía en que las partes se sientan satisfechas con la resolución actual. Ambos reiteran la importancia de proteger la libertad de expresión y el ejercicio periodístico.

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